El objetivo de estas subvenciones es eliminar barreras en el proceso de creación de empresas mediante la concesión de una ayuda a fondo perdido. Están destinadas a personas físicas y jurídicas que hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional en el municipio de Valladolid, entre el 1 de mayo de 2018 y el 30 de abril de 2019 ambos incluidos.
Como novedad la cuantía de la subvención puede llegar hasta 5.000 euros, frente a los 4.000 euros de 2018. La cantidad concedida será el 70 por ciento del gasto inicial justificado, que debe haberse realizado en los tres meses anteriores (o 6 si se refiere a gastos en inmuebles) o posteriores a la creación de la empresa y ser, como mínimo, de 2.000 euros.
Los beneficiarios de estas ayudas podrán ser personas físicas y jurídicas (pequeñas empresas, microempresas, autónomos y cooperativas) que hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional en el municipio de Valladolid entre el 1 de mayo de 2018 y el 30 de abril de 2019.
Para solicitar estas subvenciones es necesario reunir, entre otros, los siguientes requisitos:
- Tener ubicado su centro de trabajo en el municipio de Valladolid y acreditar que la actividad se desarrolla en dicho municipio desde el inicio de la misma.
- Acreditar haber realizado un gasto inicial mínimo de 2.000 € vinculado a la creación de la empresa.
- Tener menos de 50 trabajadores.
El plazo de presentación de solicitudes depende de la fecha de inicio de la actividad de la empresa:
- Si la actividad se ha iniciado entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2018 el plazo será de 30 días naturales desde día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOP de Valladolid (del 9 de mayo al 7 de junio de 2019, ambos incluidos).
- Si la empresa ha iniciado su actividad entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2019 el plazo estará abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Valladolid hasta el 1 de julio de 2019 incluido.
El régimen de concesión de las subvenciones será de concurrencia competitiva, es decir, según la puntuación establecida en los criterios de valoración que se recogen en la convocatoria, y los beneficiarios tendrán, entre otras, la obligación de mantener su actividad durante los dos años siguientes al inicio de actividad empresarial o profesional.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid o se remitirán al mismo por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse a través de un registro diferente al Registro General del Ayuntamiento de Valladolid, deberá remitirse también, dentro del plazo establecido, copia de la solicitud (Anexo I) a la dirección de correo electrónico: aideva@ava.es.
El extracto de la convocatoria se ha publicado el el BOP Valladolid del 8 de mayo de 2019.